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Quién se beneficia de la Crisis
¿Hay alguien que se puede beneficiar de la crisis?….
Pues si, normalmente los mayores beneficiados son los bancos, los ricos, en definitiva, los que más tienen. Por un lado, los bancos suben los tipos de interés, lo que no tienen mucho dinero y no pueden pagar pagos o deudas, tienen que vender más barato de lo normal, y la gente rico, que tiene muchas propiedades, pues consigue más a un precio más bajo.
Los grandes promotores, constructoras y los bancos han acumulado cientos de miles de viviendas y terrenos que en gran parte han financiado gratis gracias a la burbuja que ellos mismos han contribuido a crear. Se calcula, por ejemplo, que los bancos han adquirido alrededor de la mitad del suelo urbanizable puesto a la venta en España en los últimos quince años.
Ahora que la crisis hipotecaria se desata volverán a acumular activos inmobiliarios puesto que serán los que cuenten con información privilegiada para comprar barato a familias en apuros o a los pequeños constructores con el agua al cuello. O, simplemente, los que no tengan el más mínimo apuro a la hora de ejecutar sus créditos frente a familias que no puedan pagarlos, quedándose con sus viviendas. Y si el Estado (como incluso se ha apuntado en Estados Unidos) da ayudas a las familias para que paguen las hipotecas, lo único que se estará haciendo será garantizar que los bancos sigan cobrando sus anualidades aunque con intereses más elevados.
Además de todo ello, cuando se produce la crisis financiera los poseedores de títulos que tienen menos cobertura (los pequeños o medianos ahorradores, los fondos de inversión con menos liquidez o los que hayan calculado peor el riesgo que debían o podían asumir) tratarán de vender a toda prisa los títulos “infectados”, que serán adquiridos por los grandes bancos y fondos de inversión a precios de saldo, puesto que ellos pueden acumular títulos con rentabilidad más baja gracias a su cartera mucho más grande y a sus beneficios mucho más elevados.
Finalmente, el efecto de la crisis hipotecaria, de la crisis financiera y de la crisis real se traduce, como es lógico que así sea, en la rentabilidad empresarial y en las cotizaciones en bolsa de sus acciones. Y también en este mercado se producirán movimientos masivos de venta que serán aprovechados por los grandes inversores para acumular propiedades empresariales, concentrándose así el poder de los grandes bancos y grandes corporaciones sobre el conjunto de la economía.
La existencia de perjuidcados y beneficiados de estas crisis es lo que demuestra claramente que no son meras cuestiones “técnicas” sino auténticos asuntos políticos: son las autoridades políticas y económicas haciendo, no haciendo o dejando hacer son las que hacen que unos u otros sea perjudicados o beneficiados.
Dividendos
Normalmente las compañías reparten beneficios con cierta periodicidad, a través de el pago de dividendos a sus accionistas. La forma más común de hacerlo es cada tres meses, aunque otras empresas suelen pagarlos una vez al año o cada seis meses. Aunque hay compañías que no pagan nunca dividendos.
Cuando los dividendos son pagados trimestralmente, la cantidad distribuida por acción se mantiene por lo regular estable al final de cada período. No obstante, puede haber excepciones y darse el caso de que una compañía anuncie que no está en condiciones de poder garantizar el pago de tal suma. En tal situación los dividendos disminuirán el próximo trimestre.
El sistema de pago para las acciones ordinarias opera de la siguiente forma. Cuando la junta directiva de la empresa declara dividendos, precisa la cantidad que será abonada a los accionistas que aparezcan registrados como tales en la fecha que se conoce como record date, y también anuncia el día fijado para su pago o distribution date.
Todo accionista que figure en el registro como propietario de acciones de la compañía en el record date está facultado a recibir los dividendos. Quiere esto decir que para tener derecho a recibir tales dividendos, la acción debe haber sido comprada al menos tres días (hábiles) antes del record date, ya que ese es el plazo que normalmente transcurre entre la fecha de compra de una acción a través de un broker y la fecha en que se hace efectiva su propiedad, denominada settlement day.
Si alguien compra la acción dos días antes del record date no tendrá derecho a recibir el dividendo establecido. Pero si aquel que la compró al menos tres días antes de esa fecha decide incluso venderla al día siguiente, obtendrá el dividendo aunque en la práctica ya no posea la acción, porque nominalmente ésta cambia efectivamente de propietario tres días más tarde.